¿Fue Carl Schmitt un nazi?

Se discute acerca de si Carl Schmitt fue o no nazi. Para contestar a esta interrogante, creo que es conveniente, leer y estudiar sus obras de esa época, cuando Schmitt era considerado el “jurista de la corona del régimen nacional socialista”[1]. Comienzo el análisis del opúsculo “Staat, Bewegung, Volk” (“Estado, Movimiento, Pueblo”), cuya primera edición apareció en diciembre de 1933[2], en la editorial Hanseatische Verlagsanstalt, proclive al nuevo régimen. En esta columna, me refiero al primer capítulo, titulado “La actual situación constitucional”.

El autor afirma que la totalidad del nuevo derecho público posterior a la revolución nacional socialista es un nuevo derecho que está parado sobre suelo propio. No basa pues su legitimidad en las “normas pre-revolucionarias” de la Constitución de Weimar. Disposiciones aisladas de la Constitución de Weimar están sólo vigentes en cuanto la Ley habilitante (Ermächtigunsgesetz, de 24 de marzo de 1933) así lo permita o bien, en cuanto el nuevo orden del derecho público recurra a ellas expresamente o en forma implícita (recepción silenciosa o stille Übernahme). No obstante, antes de la mencionada Ley habilitante -que le entregó todo el poder estatal a Hitler[3]– el Presidente del Reino, Paul von Hindenburg, mediante decreto de 12 de marzo de 1933, habría terminado[4] definitivamente con “el espíritu y los fundamentos” del sistema de Weimar, escribe Schmitt.

Con sus escasas 41 páginas, “Staat, Bewegung, Volk” es el primer opúsculo de la serie organiza titulada “El estado alemán de la actualidad”[5], algo así como el nuevo estado alemán o el “nuevo orden estatal”[6] post-revolucionario. Sí, el autor consideraba que la toma del poder por parte de los nacional socialistas era una verdadera revolución, habla de la “Revolución alemana”, que habría cortado todo vínculo con el “sistema” inmediatamente anterior, el de Weimar. “Para él, la catástrofe es el fin del estado de Bismarck, no la guerra. De ello sería culpable la democracia liberal, que fue incapaz de defender el estado haciendo uso de los artículos de excepción o de guerra”[7].

Schmitt afirma que el todo el antiguo mundo del pensamiento liberal democrático ha caído. Se acabó con la neutralidad y con la igualdad, que permitía la creación de nuevos partidos políticos y garantizaba la libertad de opinión, de acción, de hacer publicidad o de tener una opinión favorable a alguno de ellos. Explica que, en un sistema pluralista, todos los partidos políticos se combaten entre ellos y no existe voluntad política única, sino que los partidos se encuentran, en el mejor de los casos, en un “punto cero”. Por el contrario, el estado nacional socialista, basado en el principio de la dirección de un solo líder (el llamado Führerprinzip) supera el pluripartidismo de Weimar.

Critica las elecciones realizadas en la época de Weimar que habrían perdido todo su sentido. Eran sólo la opción plebisicitaria de cinco o seis partidos políticos incompatibles entre sí. Ahora, en el estado nacional socialista, con un solo partido político[8], el peligro de una ruptura de Alemania en muchos partidos, ha sido superada. Según Reinhard Mehring (experto en el pensamiento de Schmitt), el autor concibe al dictatorial partido único del nacional socialismo como una fuerza homogenizadora[9].

Schmitt se alegra, pues finalmente se distingue entre amigo y enemigo del estado. Entre el compañero que forma parte del mismo pueblo alemán y quienes pertenecen a “otra especie” (Artfremden)[10]. Es evidente a quienes se refería con este úlitmo calificativo. A sus colegas judíos frente a los cuales, fue tan zalamero décadas, mientras lo podían ayudar a obtener puestos como docente en universidades y escuelas profesionales. Cabe hacer notar que, pese a que los nazis tampoco consideraban a los eslavos como sus iguales, Schmitt debe excluir de entre las personas “de otra especie” a su segunda mujer, la serbia Duška Todorović. De su primera mujer, la croata Pawla Dorotić, Schmitt se había separado hacía ya tiempo.

“El nuevo mundo del derecho nacional socialista”, dice Schmitt, no puede ser entendido desde el sistema anterior, como tampoco puede ser justificado o fundado[11] sobre Weimar. Como se ve, el quiebre es total, se trata de una nueva fundación, de una nueva sociedad y del nuevo derecho de un nuevo estado. Para el nacional socialismo -continúa Schmitt- el intento de justificar o de refutar el nuevo derecho desde el punto de vista de la Constitución de Weimar, es o un “juego sin sentido” o un intento de volver al derecho anterior o de neutralizarlo o al menos, de relativizarlo.

Algunos juristas -critica- “no se pueden acostumbrar a la realidad del estado nacional socialista”[12] y califican las disposiciones del nuevo estado como aceptables o no aceptables según el derecho constitucional de Weimar. Cita un artículo de Medicus, en “Deutsches Recht”[13] de 1933 que sostendría esta tesis. Como si la Constitución de 1919 subsistiera en “el nuevo estado y bajo la nueva constitución del estado nacional socialista”[14]. Como si el nuevo derecho nacional socialista fuera una regulación temporal y transitoria, que se puede derogar mediante una ley del Parlamento (Reichstag). Tengo que recordar a los lectores que que la ley habilitante de 1933 tenía una vigencia de sólo cuatro años. No, el nuevo derecho constitucional nacional socialista no puede ser derogado. No es posible su derogación mediante una simple ley parlamentaria que pueda volver todo al estado anterior, a la vigencia de la Constitución de Weimar. No, la detestata Constitucion de Weimar no rige más. Es un “acto de sabotaje” sostener que la forma de pensar ya superada de la época de Weimar subsiste de alguna manera en la letra o en el espíritu en el nuevo estado. Sí, en los años que vendrán, los nazis, consideraron como enemigos del estado a quienes pensaban diferente de ellos o defendían un orden estatal liberal democrático.

Schmitt critica a sus colegas “positivistas” porque llaman a la ley de 24 de marzo Ley habilitante de acuerdo al art. 76 de la Constitución de Weimar. Explica que esa ley es más bien, una L e y  c o n s t i t u c i o n a l  t e m p o r a l  d e  l a  n u e v a  A l e m a n i a”[15]. (Supongo que Uds. conocen la forma que se usaba en esa época para poner algo de relieve separando las letras, la usa Schmitt en su folleto).

La ley habilitante sería la consecuencia de la elección de Parlamento o Reichstag de 5 de marzo de 1933. Esa elección habría sido en realidad, un plebiscito, por el que Hiltler- el Führer del movimiento nacional socialista- fue reconocido como Führer político del pueblo alemán. La mecionada ley que los positivistas denominan “ley habilitante”, debería ser llamada por su nombre oficial: “Ley para remediar la necesidad del pueblo y del Reino”. Esta ley -prosigue- habría sido un puente entre el viejo y el nuevo estado. Fue de gran “importancia práctica” para que la transición entre uno y otro estado, se llevara a cabo de acuerdo a la legalidad, lo que tuvo lugar “gracias al sentido de orden y disciplina alemanes”. Así, la “Revolución alemana” fue “legal”, esto es formalmente correcta. La relevancia práctica de la ley habilitante deriva de que la legalidad es necesaria para el funcionamiento del aparato estatal y de sus funcionarios.

De acuerdo a su propia legalidad, el sistema de Weimar puso su propio sello bajo la declaración de que había llegado a su fin. Fue la declaración de muerte del viejo sistema; pero no la de la de la fundación del nuevo. El nuevo estado no tiene ninguna imposición derivada del derecho anterior, ningún límite o regla hermenéutica procedente de Weimar. El justo derecho que nace de la “Revolución alemana” no depende de que un grupo de parlamentarios weimarianos haya decidido colaborar a que se lograra la mayoría de dos tercios en el Reichstag. Sería un sinsentido legitimar a posteriori un sistema sin fuerza y sin poder, como fue el anterior. El fundamento del derecho del estado nacional socialista no es un fundamento extranjero o extraño, ajeno al ser alemán, ni tampoco nos es “esencialmente hostil”… Como habría sido el derecho de Weimar, insinúa Schmitt, en su acérrimo anti-liberalismo democrático. El fundamento del derecho nacional socialista es uno propio. Alemán, no extranjero. Schmitt y otros juristas nacional socialistas sostenían que los juristas judíos habrían introducido doctrinas extranjeras en el derecho alemán.

Schmitt asevera que el representante del Führer, Rudolf Heß,  tiene razón cuando, en la convención del partido en Nürmberg, anuncia que esa convención de los nacional socialistas es, en realidad, el nuevo Reichstag (nombre del parlamento alemán). Cuando Heß pronucia la misma fórmula de la Constitución de Weimar “todo poder emana del pueblo”, no dice lo mismo que decía la constitución liberal democrática anterior, sino algo muy diferente. Algo que Schmitt celebra y no critica. Las únicas críticas están reservadas a Weimar y a la supuesta influencia extranjera en Alemania.

Estamos en un nuevo estado post-revolucionario y antiliberal. Iliberal, diríamos hoy con los nuevos populistas entre quienes Schmitt es tan admirado[16]. Conocido es el verdadero odio que profesaba Schmitt hacia el liberalismo. Curioso es que supuesto liberales en países latinos profesen admiración hacia Schmitt. Lo atribuyo a desconocimiento, a ignorancia culpable o simplemente a estupidez.

El Führer de todo el pueblo alemán es el canciller del Reino, Adolf Hitler. Su liderazgo (mala traducción de Führung, no se me ocurre otra) ejerce una supremacía política que no está sujeta a ninguna condición. Esta última es una ley fundamental del nuevo derecho del nuevo estado nacional socialista[17]. El Führer es también legislador y en este punto no caben “interpretaciones sofistas”[18] como las de Weimar (!). El Führer está por encima del presidente del Reich, cuya preminencia durante la última época de Weimar, Schmitt critica duramente. El liderazgo hitleriano (en la página diez del librito menciona dos veces a Adolf Hitler, con nombre y apellido, lo que nunca debería ocurrir en un artículo jurídico) va más allá de una simple competencia para dar directrices a sus funcionarios, como señalaba el art. 56 de Weimar[19] cuando mencionaba las funciones del canciller. Hitler no es sólo de facto, sino también de iure y de manera totalmente natural el Führer político del Reino y no es comparable con ningún otro canciller anterior, concluye.

Considera la división entre los poderes Ejecutivo y Legislativo como algo típicamente “liberal” y sostiene que ha sido definitivamente suprimida en el nuevo estado. En consecuencia, el gobierno ejerce un derecho verdadero y primigenio a dictar leyes, como asimismo establece el art. 1[20] del la “constitución temporal” de 24 de marzo de 1933. Esto es, lo que todos llamamos Ley habilitante. En suma, toda iniciativa legal corresponde, en primer lugar, al gobierno del Reich, al gobierno de Adolf Hitler. Contra la voluntad del canciller -transformado en Führer- los parlamentarios no pueden presentar ninguna iniciativa, ningún “proyecto de ley”, como garantizaba la Constitución de Weimar. Schmitt defiende la prerrogativa legislativa absoluta del Führer, según el nuevo derecho del nuevo estado.

De acuerdo a los principios nacional socialistas -que parece que Schmitt ha interiorizado raudamente- el gobierno del Reino reconoce la voluntad del pueblo expresada en una consulta popular; pero sólo si ha sido convocada por el mismo gobierno. Advierte que si el resultado “se ha vuelto equivocado”[21], se puede llamar a una nueva consulta. Hoy los plebiscitos están muy de moda entre los populistas de extrema derecha europeos. “La democracia directa que hoy, algunos grupos de extrema derecha propugnan no es sino expresión de esta ‘democracia’ encabezada por un Führer que dirige al pueblo y que a la vez y en una especie de proceso de retroalimentación, debe corrobarar o ratificar las deciciones de su líder”[22].

Después de leer el primer capítulo de “Estado, Movimiento, Pueblo” (“Staat, Bewegung, Volk”) no me cabe duda que el tono zalamero y de alabanza hacia el Führer y su “movimiento” (así llamaban los nacional socialistas al partido), expresa claramente la posición política que Schmitt abrazó luego de la llegada de los nazis al poder. El odio enconado frente al liberalismo y a la democracia representativa de Weimar encuentra por fin un medio ambiente apropiado donde desarrollarse. En 1933, Schmitt está decidido a participar activamente en la construcción de un nuevo estado, de una nueva sociedad, de un nuevo orden nacional socialista.


[2] Reinhard Mehring, “Carl Schmitt: Aufstieg und Fall”, pág. 341.

[3] El ejecutivo podía dictar leyes que pasaran a llevar la Constitución y no necesitaba del Legislativo para gobernar. Ver texto en Ermächtigungsgesetz

[4] “beseitigen” escribe Schmitt, usando un vocabulario propio de los nacional socialistas.

[5] Reinhard Mehring, “Carl Schmitt: Aufstieg und Fall”, pág. 341.

[6] El Nuevo Orden según Carl Schmitt en la página alemana Die Kolumnisten.

[8] Escribe Einparteistaat… Así era como se llamó también a los partidos únicos del mundo del socialismo real. Del comunismo.

[9] Reinhard Mehring, “Carl Schmitt: Aufstieg und Fall”, pág. 341.

[10] Invito a leer mi columna sobre el racismo Nos guste o no, en realidad todos somos africanos

[11] Carl Schmitt, “Staat, Bewegung, Volk. Drei Gliederung der politischen Einheit”, segunda edición, pág. 6.En adelante, citaré sólo la página.

[12] pág. 6.

[13] Deutsches Recht era una revista de los juristas nacional socialistas.

[14] pág. 6.

[15] pág. 7.

[18] pág. 10.

[19] “El canciller del Reino determina las pautas de la política y es responsable ante el Parlamento. Dentro de tales pautas, cada Ministro del Reino dirige la rama de negocios que se le ha confiado de manera independiente y bajo su propia responsabilidad frente al Parlamento”.

[20] Las leyes pueden ser aprobadas o mediante el mecanismo que contempla la Constitución del Reino o por el gobierno del Reino (…).

Reichsgesetze können außer in dem in der Reichsverfassung vorgesehenen Verfahren auch durch die Reichsregierung beschlossen werden (…).

[21] pág. 11.

Maersk en San Antonio

Sin duda no hay una sola causa para que Maersk haya cerrado su fábrica de contenedores refrigerados en San Antonio. Bien puede haber sido “la sobreproducción de contenedores en el mundo” o bien “la falta de materias primas a nivel regional”. O ambas. U otras causas.

Luego del anuncio de la naviera danesa, el Presidente de Asimet[1] se preguntó, no sé si romántica, poética o patéticamente “¿en qué fallamos como país”[2]. (Pienso en Enrique MacIver y su famoso discurso del año 1900[3]). Califica el impacto del cierre de la fábrica como un balde de agua fría. Prosigue en el mismo tono: “¿estarán dispuestos otros inversionistas extranjeros a arriesgar su capital en Chile?”.

¿Quieren saber cómo contestan los daneses a tales preguntas? Søren Leth Johannsen, director comercial de Maersk Container Industry, explica: “hay que recordar que los chilenos no son industriales como lo son los chinos. Son campesinos y mineros que han aprendido a soldar”[4]. Pero en el mundo de hoy, parece que soldar no es suficiente.

Una amiga mía que vive y trabaja en Alemania, comenta que los profesionales universitarios chilenos tienen muy buen nivel. Pero no así los obreros y el personal no-universitario. Esto es una pena y una injusticia frente a los miembros más pobres de la sociedad chilena. Capacitación y perfeccionamiento son las palabras claves. La educación dual sería la escalera para llegar a ser un país industrializado.

Mientras muchos exigen “educación universitaria gratuita”, capacitar y perfeccionar a los obreros, a los campesinos, a los trabajadores más sencillos no es tema en Chile. Y son estas las claves para “no fallar como país”.

Se plantea que otra de las razones para que Maersk se haya ido de San Antonio es la huelga de más de dos semanas que tuvo lugar en octubre pasado en la fábrica. En ella, los trabajadores exigían las mismas condiciones de trabajo de que gozan sus colegas de Maersk en Dinamarca (!). Parece que quisieron correr antes de aprender a caminar y la caída fue tremenda.

¿No habría sido más apropiado compararse no con los daneses, sino con los chinos? Porque los contenedores refrigerados de Maersk serán producidos ahora en Qingdao, China[5], en la planta originaria de esa empresa y que funciona desde 1998, la que, “pese a las cambiantes condiciones del mercado, ha demostrado su capacidad para producir productos de alta calidad”. Allí Maersk consolidará su producción.

“Con el cierre en Chile, Maersk Container Industry tendrá su sede central con investigación y desarrollo en Dinamarca y dos plantas de producción en China para refrigeración y transporte”[6]. Tal vez, algún día, Chile pueda albergar la central de investigación y desarrollo de una gran empresa. Para eso, necesitaríamos menos abogados y más químicos, físicos y biólogos y buenos técnicos de todas las especialidades[7].

Apropósito de China, paralela a la noticia del cierre de San Antonio, trascendió que la competencia china de Maersk, Cosco Shipping, se instalaría en Perú[8]. Tal vez, incluso, habría sido más apropiado que los sindicatos chilenos se comparara no con los daneses sino con los peruanos.

Otra amiga mía, opina que los peruanos pueden hacer el mismo trabajo que los trabajadores chilenos; pero más barato. De ahí la importancia de agregar un valor al trabajo de los chilenos. Lo que sólo puede ser posible mediante el aprendizaje, la capacitación y el perfeccionamiento permanente. Un perfeccionamiento que dura toda la vida, como decimos en alemán[9].

Los ejecutivos daneses de Maersk insisten en que la decisión no la tomaron debido a la huelga de octubre pasado. Les creo. Dicen que ellos nunca estarían en contra de una huelga, ni de la formación de sindicatos. También les creo. Sobre todo de cara a la opinión pública danesa y noreuropea en general. Hacen bien, una huelga es una cosa buena cuando las exigencias de los huelguistan no son desmesuradas.

El director ejecutivo de Maersk dice, con mucha empatía: “Lamentablemente, esta decisión afecta a nuestros 1.209 colegas calificados en San Antonio y estamos comprometidos a apoyarlos y cumplir nuestras obligaciones”[10].

La instalación de Maersk en Chile fue, en su momento, una sensación[11]. Fue un gran salto que acabó en un inmenso costalazo. Desde Chile, la naviera planeaba suministrar “contenedores refrigerados directamente a lo que se llamó el centro de exportación en la costa oeste de América Latina”. La idea era “colocar la fábrica justo donde está la demanda”[12]. San Antonio debería convertirse en un centro de exportaciones de la Costa Oeste sudamericana, hacia el otro lado del Pacífico.

La idea era llevar los contenedores refrigerados de fundo en fundo, recogiendo los productos agrícolas, transportarlos a los barcos que hacían la ruta a Asia y otros destinos. Así evitaban que los contenedores refrigerados que construían en China, viajaran vacíos a Sudamérica. Ello suponía el desarrollo de una cadena de suministros a nivel local, desde el mismo territorio chileno o desde los países vecinos (en este caso, especialmente Colombia, Ecuador y Perú).

Maersk habla de “la dificultad permanente para obtener, a nivel regional, los proveedores de insumos esenciales para la fabricación de contenedores”[13]. Esto también falló, aumentando más aún el costo de aprovisionamiento de las necesarias materias primas[14]. ¿Fue un problema de infraestructura? ¿De proveedores? ¿Realizará alguien alguna investigación sobre el tema? ¿Alguna universidad?

“Como consecuencia del exceso de capacidad en el mercado de contenedores Maersk ha reconocido que la fábrica en Chile no es competitiva”, explica su comunicado de prensa[15]. Los chilenos estamos acostumbrados a ser los primeros de la Región; pero eso no basta, la competividad es hoy global. No basta estar en la OECD. El esfuerzo tiene que ser diario por mejorar y corregir los errores.

Nadie se puede dormir en los laureles. Un ingeniero comercial con un postgrado en una buena universidad norteamericana, nada puede hacer sin buenos trabajadores que co-laboren con él. Creo que hay que re-pensar el trabajo en Chile. Necesitamos más capacitación, más perfeccionamiento permanente y más respeto por la dignidad del trabajo. A los obreros que ven en una huelga el “santo remedio” para todo, les diría: si queremos que nos paguen más, seamos mejores.


[1] Asociación de Industriales Metalúrgicos y Metalmecánicos.

[3] En su famoso Discurso sobre la Crisis de la República -más conocido aún desde que Gonzalo Vial lo citó en su “Historia de Chile“, MacIver quien el año 1900, se preguntaba: “¿Qué ataja el poderoso vuelo que había tomado la República y que había conducido a la más atrasada de las colonias españolas a la altura de la primera de las naciones hispanoamericanas?”

[4] Mærsk-investering i Chile lider nu samme skæbne som Tinglev-fabrik (JydskeVestkysten es el diario más grande de Dinamarca).

[6] Cfr. Mærsks containerforretning skal fyre 1200 ansatte i Chile “Con el cierre en Chile, Maersk Container Industry tendrá su sede central con investigación y desarrollo en Dinamarca y dos plantas de producción en China para refrigeración y transporte”. Tal vez, algún día, Chile pueda albergar la central de investigación y desarrollo de una gran empresa.

[9] Lebenslanges lernen.

[13] Maersk cierra su fábrica en Chile El “90% de los insumos para esta industria deben importarse a Chile”, se queja la empresa.